- ¿Qué es?¿Cómo se dá?¿Dónde se puede dar? Es la conducta física o verbal reiterada de naturaleza sexual o sexista NO DESEADA Y/O RECHAZADA .El hostigador usualmente usa gestos obscenos hacia el hostigado. Se puede dar en cualquier relación de autoridad o dependencia.
- ¿Qué sujetos intervienen? El hostigador(a) Toda persona varón o mujer que realiza un acto de hostigamiento sexual y el Hostigado(a) Toda persona varón o mujer que es víctima de un hostigamiento sexual.
- ¿De qué forma se presenta? Promesas de trato preferencial pudiendo ser a su vez explícitas o implícitas. Amenazas o presión para exigir a la víctima conductas como sair reunirse o brindar favores de naturalez sexual. Acercamientos corporales, rozar, recostarse, arrinconares, besar, abrazar, pellizcar, palmear, entre otros. Trato ofensivo y hostil como represalia por haber rechazado la conducta del hostigador(a)
- ¿Qué procedimientos se sigue para presentar la denuncia y qué sanciones se puede dar? El hostigado(a) deberá accionar dentro de los 30 días contados desde el día que se produjo el último acto de hostigamiento sexual o indicio del mismo. Formular una queja verbal o escrita ante la oficina de personal o recursos humanos o quien haga sus veces, en caso de no existir se realizará ante el jefe inmediato superior otorgando este 5 días útiles al hostigador(a) a fin de que haga sus descargos correspondientes pudiendo presentar las pruebas que sea necesario.
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martes, 29 de noviembre de 2011
Tarea N° (perdi la cuenta)
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